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La propiedad intelectual en la universidad, la edición y las bibliotecas, a debate

Temática:  Multidisciplinar
Varias estanterías de una biblioteca
Thu Jun 14 15:39:00 CEST 2018

La UOC ha participado en el congreso de la Universidad de Salamanca sobre propiedad intelectual.

La Universidad de Salamanca, dentro del programa de su octavo Centenario, ha cerrado mayo y abierto junio con un congreso sobre propiedad intelectual en la educación superior. Más de un centenar de especialistas nacionales e internacionales se han reunido en este encuentro para reflexionar, con una mirada crítica, sobre cuestiones como por ejemplo, la titularidad de los derechos, la remuneración de los autores o la edición en el entorno digital.

Los profesionales de la UOC también se han sumado al debate. Por parte de Biblioteca han asistido como oyentes Ciro Llueca, Director de Biblioteca y Recursos de Aprendizaje de la UOC y Aida Camps, coordinadora técnica del Servicio de Biblioteca para el Aprendizaje.

Así mismo, Miquel Peguera Poch, profesor de Derecho Mercantil de la UOC, ha hecho una presentación sobre la legislación y jurisprudencia vigente en el uso de los enlaces en Internet, durante la sesión dedicada a la edición digital. Como ha afirmado Peguera, para entender si el uso de un enlace infringe la ley de propiedad intelectual, primero es necesario preguntarse cuál es su valor comunicativo.

Foco de debate

Luis Collado Mediero, Gerente de Global Product Partnerships EMEA (Google) ha hecho una afirmación inicial contundente: “el debate académico puede estar lejos de la realidad”, refiriéndose a las ponencias precedentes. Durante su presentación ha apuntado fórmulas de pago más allá del precio fijo del libro.

Una visión integral de la propiedad intelectual

Las conferencias y mesas redondas del programa del congreso se han articulado alrededor de tres ejes temáticos: universidades, edición y bibliotecas. ​

  • Eduardo Galán Corona, Catedrático de Derecho Mercantil (Universidad de Salamanca) recuerda que la ley atribuye los derechos de autor a los profesores, salvo que se trate de un encargo específico de la universidad.
  • Pilar Cámara Águila, Profesora Titular de Derecho Civil (Universidad Autónoma de Madrid) señala el conflicto directo de algunos textos legales, que hacen de la publicación abierta una obligación, con la Ley de Propiedad intelectual. Es el caso del artículo 37 de la Ley 14/2011 de la Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • Frank Gotzen, presidente de la Asociación Literaria y Artística Internacional (ALAI) reivindica la necesidad de armonizar las diferentes legislaciones nacionales en materia de derechos de autor y recuerda la propuesta de Directiva de la Comisión Europea (2016) para adaptarse al Mercado Único Digital.
  • Tanya Aplin, profesora de derecho de la propiedad intelectual (The Dickson Poon School of Law- King's College London), ha examinado el convenio de Berna, el tratado internacional sobre protección de derechos de autor en obras literarias y artísticas y más en concreto, el artículo 10 sobre el derecho de citación. Este es abierto a múltiples interpretaciones y Aplin defiende su aplicación desde una perspectiva muy amplia.
  • Vanessa Jiménez Serranía, Profesora de Derecho Mercantil (Universidad de Salamanca) defiende la generalización de acceso a los datos. Estos por sí solos no tienen un significado, es gracias a su interpretación (reutilización) que pueden nacer nuevos productos.
  • María José Gálvez, Directora General de la editorial Tirant lo Blanch, avala el sistema de impresión bajo demanda de Amazon (el libro se imprime solo una vez comprado en línea) para la distribución en Europa. Afirma que cuando su editorial ha apostado por el libro digital, el mercado la ha obligado a dar un paso atrás.
  • Antonio María de Ávila, de la Federación de Gremios de Editores de España ha dado un valor especial al libro impreso respecto al digital.
  • Javier Díaz de Olarte, Director de los Servicios Jurídicos del Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), expone que algunas universidades no han respondido los requerimientos para compensar económicamente a los autores, tal como dicta la ley.
  • Llanos Cabedo Serna, Profesora Titular de Derecho Civil (Universidad de Alicante) ha hecho referencia nuevamente a la Directiva europea del 2016 que intenta evitar la situación de debilidad contractual de los autores respecto a los editores.

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